Page 34 - Paper Inclusión Laboral a Población Migrante
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Demostrar no ser sujeto de ninguna medida administrativa de expulsión o
deportación vigente.
Tener una oferta de vinculación laboral o de contratación veraz y comprobable por
parte de un empleador en Colombia.
El trámite debe ser realizado por el empleador
Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización- PEPFF
Decreto 117 del 28 de enero de 2020
El PEPFF es un permiso de trabajo dirigido a facilitar la regularidad migratoria de los nacionales
venezolanos en el territorio colombiano mediante contratos laborales o contratos de
prestación de servicios. Permite a su titular ejercer una actividad u oficio específico y
determinado, con base en una solicitud presentada de manera virtual ante el Ministerio del
Trabajo por el futuro empleador o contratante.
El PEPFF se otorga únicamente a los extranjeros que cumplan con las siguientes condiciones:
Ser ciudadano venezolano.
Estar en condición migratoria irregular.
Ser mayor de edad conforme al ordenamiento jurídico colombiano.
Presentar la cédula de identidad venezolana y/o el pasaporte de la República Bolivariana
de Venezuela aun cuando éstos se encuentren vencidos.
No tener antecedentes judiciales en Colombia o en el exterior.
Además, ser titular de:
Una oferta de contratación laboral en el territorio nacional, por parte de un empleador, o
una oferta de contratación de prestación de servicios en el territorio nacional, por parte
de un contratante.
El trámite debe ser realizado a través de la página web del Ministerio del Trabajo
(http://app2.mintrabajo.gov.co/PEPFF/login.aspx)
PERMISO DE INGRESO Y PERMANENCIA (PIP)
Resolución 3167 de 2019
Permiso para extranjeros que pretendan entrar y no requieran visa. Se otorga por 90 días calendario.
Se otorga a nacionales venezolanos, aunque no cuenten con pasaporte vigente, siempre y cuando
no se haya vencido en más de dos años. Este permiso no permite trabajar en Colombia.