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Pobreza: La pobreza es un estado de privación del bienestar, no solo material, sino referido
también a otras esferas de la vida: inseguridad personal y de los bienes; vulnerabilidad (a la
enfermedad, a los desastres y las crisis económicas); exclusión social y política, entre otros
factores. (Departamento para la Prosperidad Social, Glosario Mapa Social).
Pobreza Multidimensional: Un hogar es multidimensionalmente pobre si enfrenta carencias en
por lo menos 33,3% de las 15 variables que componen el Índice de Pobreza Multidimensional.
(Departamento para la Prosperidad Social, Glosario Mapa Social).
Pobreza por Ingresos: Un hogar en pobreza es aquel que no tiene un ingreso suficiente para
cubrir la canasta de alimentos y otras necesidades básicas (gastos en salud, educación, vestuario,
etc.) (Departamento para la Prosperidad Social, Glosario Mapa Social)
Transecto: Herramienta que permite estructurar en un diagrama, las diferentes áreas
(topográficas) dentro de la zona de influencia de la comunidad, con sus diferentes usos, problemas
asociados y potenciales de desarrollo. (IICA).
Víctimas de la violencia en Colombia: Se consideran víctimas, para los efectos de ley (Ley 1448
de 2011), aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos
ocurridos a partir del 1o de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho
Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de
Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. También son víctimas el
cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado
de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a esta se le hubiere dado muerte o
estuviere desaparecida. A falta de estas, lo serán los que se encuentren en el segundo grado de
consanguinidad ascendente. De la misma forma, se consideran víctimas las personas que hayan
sufrido un daño al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización. La
condición de víctima se adquiere con independencia de que se individualice, aprehenda, procese o
condene al autor de la conducta punible y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la
víctima. (Artículo 3 de Ley 1448 de junio de 2011, Ley de Víctimas y restitución de Tierras).